El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Vitoria ha condenado a Osakidetza a indemnizar con 20.000 euros a una paciente que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente debido a un retraso en el diagnóstico. La paciente, de 29 años de edad, acudió el 12 de mayo de 2004 al servicio de urgencias del hospital de Basurto de Bilbao con dolores, vómitos y algo de diarrea, han explicado desde el despacho de abogados Gómez-Menchaca, que representa a la víctima.
La joven fue ingresada en el pabellón de digestivo, donde se le diagnosticó provisionalmente una gastroenteritis. No obstante, la situación de la paciente se agravó, mostrando signos de infección, pero los expertos no le practicaron pruebas específicas al creer que se trataba de una intoxicación alimentaria.
Siete días después de su ingreso se le realizó una ecografía abdominal, mostrando la posibilidad de un quiste ovárico, y 72 horas después se solicitó un TAC urgente en el que se apuntaba un posible cáncer. Sin embargo, la intervención quirúrgica se demoró hasta el día 26. La paciente, que tuvo que permanecer ingresada 41 días, demandó a Osakidetza por permitir que desarrollase una infección tan grande que llegó a ser confundida con un tumor.
"Comportamiento negligente"
La juez ha concluido que en este caso hubo un "comportamiento negligente, imprecavido e inobservante por parte de la administración sanitaria por haberse producido una excesiva demora en la determinación del diagnóstico", que hubiera bastado con la práctica del tacto rectal y la ecografía en las 24, 48 ó 72 horas después del ingreso. Según los expertos, con ello hubiera adelantado la cirugía por lo tanto, el grado de acceso hubiera sido menor ya que "una infección que continúa o se perpetua es más grave que una que se ataja quirúrgicamente en un tiempo anterior".
Así, en la sentencia se advierte de que resulta evidente que la falta de diligencia se puede encontrar en "no agotar todos los medios para establecer un diagnóstico lo más riguroso, seguro y certero posible, de manera que la culpa del facultativo nace de la omisión de un medio adecuado para confirmar el diagnóstico".
"En definitiva, el padecimiento sufrido por la demandante se halla relacionado causalmente con una deficiente atención médica, en concreto por un retraso en el diagnóstico, y consiguiente intervención", concluye. Por ello, obliga a Osakidetza a indemnizar a la paciente con 20.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior del Justicia del País Vasco (TSJPV).
Publicado por el diario El Correo el 15 de septiembre de 2.007
Despacho de Abogados Gómez Menchaca
La joven fue ingresada en el pabellón de digestivo, donde se le diagnosticó provisionalmente una gastroenteritis. No obstante, la situación de la paciente se agravó, mostrando signos de infección, pero los expertos no le practicaron pruebas específicas al creer que se trataba de una intoxicación alimentaria.
Siete días después de su ingreso se le realizó una ecografía abdominal, mostrando la posibilidad de un quiste ovárico, y 72 horas después se solicitó un TAC urgente en el que se apuntaba un posible cáncer. Sin embargo, la intervención quirúrgica se demoró hasta el día 26. La paciente, que tuvo que permanecer ingresada 41 días, demandó a Osakidetza por permitir que desarrollase una infección tan grande que llegó a ser confundida con un tumor.
"Comportamiento negligente"
La juez ha concluido que en este caso hubo un "comportamiento negligente, imprecavido e inobservante por parte de la administración sanitaria por haberse producido una excesiva demora en la determinación del diagnóstico", que hubiera bastado con la práctica del tacto rectal y la ecografía en las 24, 48 ó 72 horas después del ingreso. Según los expertos, con ello hubiera adelantado la cirugía por lo tanto, el grado de acceso hubiera sido menor ya que "una infección que continúa o se perpetua es más grave que una que se ataja quirúrgicamente en un tiempo anterior".
Así, en la sentencia se advierte de que resulta evidente que la falta de diligencia se puede encontrar en "no agotar todos los medios para establecer un diagnóstico lo más riguroso, seguro y certero posible, de manera que la culpa del facultativo nace de la omisión de un medio adecuado para confirmar el diagnóstico".
"En definitiva, el padecimiento sufrido por la demandante se halla relacionado causalmente con una deficiente atención médica, en concreto por un retraso en el diagnóstico, y consiguiente intervención", concluye. Por ello, obliga a Osakidetza a indemnizar a la paciente con 20.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados. Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Superior del Justicia del País Vasco (TSJPV).
Publicado por el diario El Correo el 15 de septiembre de 2.007
Despacho de Abogados Gómez Menchaca